Como consecuencia del incumplimiento del pago en término de las sentencias firmes en favor de los jubilados, el monto total embargado judicialmente a la ANSeS desde diciembre 2023 a la fecha es de $ 145.765 millones.
Así figura en el Informe 140 de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Los embargos se deben a que la ANSeS no paga las sentencias firmes dentro de los 120 días hábiles, como marca la ley previsional. Y ante las dilaciones de los pagos, los abogados solicitan con éxito a la Justicia el embargo de las cuentas de la ANSeS.
Como informó el miércoles Clarín, el 91,77% de las sentencias firmes en favor de los jubilados tienen vencido el plazo de 120 días que fija la ley para el pago de esos juicios.
Por su parte, en el decreto 782/2024 del veto presidencial a la ley jubilatoria recientemente aprobada se afirma que “al 31 de diciembre de 2023 se tramitaban más de 277.260 juicios en contra la ANSES producto de, entre otras razones, las deficientes fórmulas de movilidad jubilatoria aplicadas en las últimas décadas”.
En el Informe de Jefatura de Gabinete se dice que desde el 1 de septiembre de 2024 se establece “actualizar el haber mensual de los beneficiarios conforme a las nuevas sentencias ingresadas y actualizar el haber de los beneficiarios que cuentan con un expediente en stock en el menor tiempo posible”.
Y se deja para una segunda etapa el pago de los retroactivos, que aún no fue definida, y los reajustes de haberes del stock de sentencias firmes.
Si bien ese plazo de 120 días no se cumple, los abogados previsionales reconocen que la ANSeS redujo el pago de las sentencias firmes (reajuste de haber más retroactividad) y que están recurriendo con éxito a embargar directamente las cuentas de ANSeS para efectivizar el cobro de esas sentencias firmes. Y que lo seguirán haciendo sin esperar esa «segunda etapa» con calendario indefinido.
“Si hay una sentencia firme que dice: ‘Pague A (reajuste de haberes) y pague B (retroactividad)’ y el deudor dice ‘voy a pagar A’ y deliberadamente dice ‘B lo voy a pagar cuándo yo decida’ -cuándo hay una sentencia firme que ordena pagar en un plazo fijado por ley del Congreso, donde además por la ley 24.463 artículo 22 modificado el Jefe de Gabinete puede reasignar partidas- está cometiendo un delito de desobediencia. Es un abierto desafío a la decisión judicial”, señala el abogado Marcelo Brasburg.
ANSeS venía abonando todos los años la partida que marca el Presupuesto Nacional, que en 2023 alcanzó a 40.000 sentencias. Y el stock no se reduce porque ingresan nuevos juicios y los abogados de esos jubilados consideran que en muchos casos el pago de la retroactividad o del haber reajustado según la sentencia está mal liquidado y tienen que volver a litigar.
NE